Inaplican acuerdo del Consejo Superior que prorrogaba indefinidamente cargos de descongestión en Corte Suprema (3:25 p.m.)
19 de Abril de 2013
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Nota:
88169
“Queda proscrita toda creación de medida de descongestión con vocación de permanencia indefinida”, concluyó el Consejo de Estado al inaplicar por inconstitucional una disposición del Consejo Superior de la Judicatura que prorrogó, sin límite de tiempo, varios cargos de magistrado auxiliar de descongestión en la Corte Suprema de Justicia. Para la Sección Segunda, se trata de una facultad con la que cuenta la Sala Administrativa para incorporar funcionarios en diferentes despachos, pero siempre y cuando sea de manera transitoria y con un plazo previamente establecido, en las condiciones que plantea el artículo 257 de la Constitución y el 149 de la Ley Estatutaria de Administración de Justicia (Ley 270 de 1996). La decisión obedece a una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho de un exfuncionario a quien se le aceptó el retiro (por medio del Decreto 160 del 6 de julio del 2009), debido al vencimiento del acuerdo que le permitió incorporarse, pero ignorando que había sido prorrogado de manera indefinida. La corporación anuló el decreto en el que se admitía la salida del demandante, por falsa motivación del acto, pero negó el derecho al restablecimiento del derecho al actor, pues este se basaba en una disposición inconstitucional e ilegal, toda vez que establecía medidas de descongestión indefinidas (C.P. Gustavo Gómez).
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