Pasar al contenido principal
02 de Mayo de 2024 /
Actualizado 0 segundos

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Grupo Energía Bogotá podrá emitir bonos de deuda pública interna

31 de Mayo de 2022

Reproducir
Nota:
143849

El Ministerio de Hacienda autorizó al Grupo Energía Bogotá S. A. para emitir, suscribir y colocar bonos de deuda pública interna en el mercado de capitales colombiano hasta por una suma equivalente en moneda legal colombiana de $ 405.092.036.045, destinados a la financiación del plan de inversiones 2022, incluyendo los costos y gastos asociados a la estructuración y obtención del financiamiento.

 

Teniendo en cuenta lo anterior, la entidad emitió los términos y condiciones para realizar dicho proceso:

 

  • Los bonos se redimirán en plazos comprendidos entre 5 y 30 años, contados a partir de la fecha de emisión correspondiente y según se determine en el correspondiente aviso de oferta pública.
  • El rendimiento de los bonos de las series C, H y M estará determinado con base en una tasa variable. Para los efectos de las emisiones se utilizará como tasa de referencia el IPC incrementada en unos puntos porcentuales expresada como una tasa efectiva anual. Para el cálculo de los intereses se tomará el IPC vigente al momento en que se inicie o finalice el respectivo periodo de causación del interés.
  • La tasa máxima de rentabilidad de los bonos para cada subserie será determinada por Minhacienda, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1068/15.
  • Opciones de prepago:
  • Periodo de protección: plazo durante el cual el emisor no podrá realizar prepagos y que se contará a partir de la fecha de emisión, según se indica en el aviso de oferta pública.
  • Tabla de precios de ejercicio: todo aquello que se pueda prepagar total o parcialmente tendrá asociado una tabla de precios de ejercicio la cual contiene los precios de prepago aplicables durante la vida del bono. Dichos precios de prepago serán los que el emisor le pagará al tenedor al momento de redimir anticipadamente, de manera total o parcial, el bono. El precio de prepago será expresado como un porcentaje del valor nominal del bono y a este deberán sumársele los intereses causados a la fecha del prepago.
  • Monto del prepago mínimo: múltiplos mínimos en los que el emisor podrá realizar prepagos expresados como porcentaje del valor nominal de los bonos de cada subserie de cada emisión.

 

Los bonos podrán ser emitidos en 18 series, las cuales podrá consultar en el documento adjunto a esta nota.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)