Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Gobierno regula acceso a tierras para afectados por desastres o calamidad pública

Los beneficiarios también recibirán capital para crear un proyecto productivo viable.

Openx [71](300x120)

159277
Imagen
Tierras-baldios-agro(pixabay)

22 de Marzo de 2023

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Presidencia publicó el Decreto 387, con el cual se adiciona un nuevo capítulo al decreto único del sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural. Con esta norma, el Ministerio de Agricultura deja claro cuáles son las reglas de juego del programa especial de acceso a tierra a título gratuito para afectados por situaciones de desastre o calamidad pública.  

 

La apuesta del Ejecutivo es adjudicar predios rurales patrimoniales adquiridos por la Agencia Nacional de Tierras (ANT) y establecer en estos diferentes proyectos productivos, con el fin de atender situaciones de desastre debidamente declaradas. Según el presidente Gustavo Petro, la medida cumple con lo expuesto en la Ley 1523 del 2012 y beneficiaría a familias afectadas por eventos como el deslizamiento en el municipio de Rosas (Cauca).  

 

Según el nuevo decreto, será la ANT la entidad encargada de verificar, de oficio o a petición de parte, si las personas, asociaciones u organizaciones cooperativas registradas en el registro único de damnificados o en el instrumento que haga sus veces cumplen los requisitos para acceder a la entrega de tierras. La propuesta también cobija a las comunidades étnicas afectadas por desastres naturales. (Lea: Lanzan estrategia para ayudar a conciliar conflictos por tierras) 

 

Los aspirantes a la adjudicación deberán ser inscritos en el Registro de Sujetos de Ordenamiento (RESO). Una vez se verifiquen las condiciones de los sujetos beneficiarios, la adjudicación tendrá en cuenta obligatoriamente la voluntariedad de reubicación de los aspirantes. Si el número de postulados supera el de parcelas disponibles, se priorizará a las personas con mayores afectaciones y, en segunda instancia, a quienes tengan los puntajes adecuados que determine el RESO. 

 

“Los predios para la adjudicación sometidos a las disposiciones contenidas en este capítulo serán destinados preferencialmente a la constitución de Unidades Agrícolas Familiares (UAF), calculadas a nivel predial conforme al proyecto productivo”, explica el decreto. En el mismo también se establece que, una vez cumplido el todo el proceso, la ANT expedirá resolución de adjudicación identificando el bien y su valor contable, dejando determinado el 100 % como subsidio recibido por el Estado. 

 

En el caso de los proyectos productivos, el decreto señala que los beneficiarios tendrán derecho a recibir el apoyo de la Agencia de Desarrollo Rural (ADR) para un proyecto productivo viable técnica, ambiental y financieramente. El apoyo económico corresponde a un monto de financiación o cofinanciación que estará entre uno y 30 salarios mínimos legales vigentes. (Lea: Precisan competencia en proceso de expropiación cuyo demandado es una entidad publica) 

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)