Gobierno ratifica medidas básicas de protección para usuarios y trabajadores del transporte
04 de Mayo de 2020
El Ministerio de Salud, mediante Resolución 0677 del 2020, adoptó el protocolo de bioseguridad para la prevención de la transmisión del covid-19 para el sector transporte, el cual es de obligatorio cumplimiento tanto para los trabajadores como para las empresas del mismo. Se trata de una medida complementaria al protocolo general de bioseguridad previsto en la Resolución 666 del 24 de abril del 2020, y con el fin que los operadores y conductores de la cadena logística de transporte de carga por vía terrestre y fluvial, conductores de servicio público terrestre, así como terminales de transporte, entes gestores y sistemas de transporte masivo y administradores de infraestructura asociada, cumplan diferentes medidas para prevenir la propagación del coronavirus. Entre las medidas generales se encuentra limpiar y desinfectar los sitios en los cuales los usuarios, trabajadores y demás personas pueden o han entrado en contacto directo con los medios de transporte público, tales como taquillas, sillas, ventanas, pasamanos, entre otros.
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