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Gobernador puede delegar facultad para suprimir empleos en sus dependencias (11:24 a.m.)

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10 de Diciembre de 2013

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Bajo la delegación administrativa, el gobernador puede transferir temporalmente el ejercicio de la facultad para suprimir los empleos existentes en sus dependencias a otro funcionario con labores afines, sin que esto desnaturalice las competencias que rigen el normal desarrollo de la función pública. Así lo afirmó la Sección Segunda del Consejo de Estado, al advertir que no hay una norma que prohíba expresamente dicha posibilidad, porque no se trata de la expedición de reglamentos de carácter general, una atribución previamente conferida por delegación ni una función cuya naturaleza no es susceptible de transferirse de esta esta manera (C. P. Gerardo Arenas).

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