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Garantías del proceso penal en Colombia no son ajenas para los extraditados (9:20 a.m.)

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28 de Noviembre de 2014

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La Corte Suprema de Justicia recordó que la extradición de nacionales a territorio extranjero está condicionada a que las personas requeridas reciban un trato equivalente al que recibirían de ser judicializados en Colombia, ya que deben ser cobijadas con varias de las garantías propias del sistema interno. De ahí que se necesite que las conductas por las que sean investigados también sean penalizables a nivel interno y no puedan recibir sanciones que se encuentran prohibidas en el país, como la cadena perpetua. Frente a este último punto, anotó que quienes sean solicitados por punibles en los que sea imponible este tipo de penalización, el Ejecutivo debe condicionar el traslado a ese territorio a su conmutación, en defensa del artículo 34 de la Constitución. Así mismo, indicó que teniendo en cuenta que los reos en Colombia, en virtud el artículo 42 superior, conservan su derecho prevalente a permanecer en contacto con su núcleo familiar, los entes requirentes deben permitir a los parientes del investigado esta posibilidad (M. P. Gustavo Enrique Malo).

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