Fórmula para el cálculo de subsidios aplicables al consumo de energía y gas combustible por red de tubería
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25 de Enero de 2021
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Los prestadores del servicio público domiciliario de energía eléctrica y los prestadores del servicio público domiciliario de distribución de gas combustible por red de tubería calcularán los subsidios aplicables al consumo de los usuarios residenciales de estrato 1 y 2, aplicando las fórmulas, variables y disposiciones que se establecen en la Resolución 003 del 2021. Las variables o componentes utilizadas deberán entenderse en la forma como se definen en la norma. Siempre que el Ministerio de Minas y Energía disponga la aplicación del incremento de 10 puntos porcentuales al porcentaje de subsidio al consumo del servicio, en desarrollo del artículo 10 del Decreto 798 del 2020, se aplicarán las disposiciones y fórmulas que establece la Resolución 163 del 2020.
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