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Actualizado hace 16 hours | ISSN: 2805-6396

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Esta es la ley que reglamenta la reforma a las regalías

01 de Octubre de 2020

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El presidente de la República, Iván Duque, sancionó la ley que reglamenta la reforma al Sistema General de Regalías (Acto Legislativo 05 del 2019).

 

La nueva norma, que consta de 211 articulo, tiene por objeto determinar la distribución, objetivos, fines, administración, ejecución, control, el uso eficiente y la destinación de los ingresos provenientes de la explotación de los recursos naturales no renovables, precisando las condiciones de participación de sus beneficiarios. (Lea: En vigencia, reforma al sistema de regalías)

 

El mandatario explicó que con la ley los municipios y departamentos del país tendrán más de $ 15,7 billones disponibles para inversión social directa, en el periodo 2020-2021.

 

Esa cifra incluye asignaciones directas para las regiones productoras, las cuales se estiman en más de $ 3,8 billones; la asignación local que recibirán los municipios con mayores necesidades básicas insatisfechas por cerca de $ 2 billones; recursos para la inversión regional por más de $ 5,2 billones y saldos no comprometidos de vigencias anteriores, priorizando inversiones en vías terciarias, electrificación rural, sector agropecuario, conectividad, agua potable y saneamiento básico.

 

Con la nueva norma se fortalece la descentralización de las entidades territoriales, al pasar de tener 1.152 Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD) a solo ocho.

 

Las asignaciones directas para esas regiones se duplican, al pasar del 11 % al 25 %.

 

Los departamentos con mayores asignaciones son Meta, que pasa de recibir más de $ 650.000 millones en el bienio 2019-2020 a más de $ 1 billón para el bienio 2021-2022. Le siguen Casanare, que pasa de cerca de $ 300.000 millones a más de $ 670.000 millones y Cesar, de más de $ 230.000 millones a más de $ 475.000 millones.

 

En cuanto a los conceptos de distribución, la norma asigna más recursos para los municipios más pobres: más de 1.000 municipios con mayores necesidades básicas insatisfechas serán beneficiados con asignaciones que pasan del 10,7 % al 15 %. Igualmente, se mantiene la inversión regional del 34 % para proyectos de impacto regional con criterios de población, pobreza y desempleo.

 

Durante los 20 años siguientes a la entrada en vigencia del Acto Legislativo 04 del 2017, el 7 % de los ingresos se destinará a una asignación para la paz que tendrá como objeto financiar proyectos de inversión para la implementación del Acuerdo Final de Paz, incluyendo la financiación de proyectos destinados a la reparación de víctimas.

 

Se asigna un 5 % de los recursos de regalías para el medioambiente, los cuales permitirán financiar proyectos relacionados con la conservación de áreas ambientales estratégicas y la lucha nacional contra la deforestación.

 

De otra parte, se deberá destinar un porcentaje no inferior al 5 % de las asignaciones directas a infraestructura educativa o a proyectos para mejorar la cobertura, la permanencia y la calidad de la educación superior pública. En el mismo sentido, los recursos de Ciencia, Tecnología e Innovación aumentan del 9,5 % al 10 %.

 

Al cierre de la vigencia 2019-2020, los saldos no aprobados que se encuentren en las cuentas maestras autorizadas, con excepción de los recursos de fondo de pensiones de las entidades territoriales, deberán ser reintegrados en su totalidad a la cuenta única del Sistema, a más tardar, el 31 de diciembre de este año, los cuales conservarán en todo caso la fuente de su asignación inicial y le serán incorporados a la entidad beneficiaria correspondiente.

 

Congreso de la República, Ley 2056, Sep. 30/20.

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