Fijan procedimiento para el registro y verificación de calidad de la vacuna contra la fiebre aftosa
18 de Agosto de 2021
El ICA estableció los requisitos y el procedimiento para el registro y verificación de la calidad de la vacuna contra la fiebre aftosa. Las disposiciones establecidas en la nueva resolución serán aplicables a todas las personas naturales o jurídicas que produzcan, produzcan por contrato o importen la vacuna contra la fiebre aftosa.
Radicada la solicitud de registro, un funcionario del ICA en un plazo máximo de ocho días hábiles revisará que los documentos relacionados y detallados en los artículos 6 y 7 de la nueva norma estén completos; de no estarlo, se comunicará al solicitante sobre los documentos que falten, quien tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles, contados a partir de la recepción de la comunicación, para completar y allegar la documentación requerida por el ICA.
El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas será sancionado de conformidad con lo preceptuado en los artículos 156 y 157 de la Ley 1955 del 2019, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que haya lugar. En todo caso, la imposición de las sanciones no exime al infractor del deber de ejecutar las acciones a que esté obligado, especialmente las medidas sanitarias que sean impuestas por el ICA en desarrollo de sus funciones de inspección.
Las personas naturales o jurídicas que a la entrada en vigencia de la resolución cuenten con registros vigentes de la vacuna contra la fiebre aftosa y no hayan entregado los resultados del estudio de duración de inmunidad tendrán un plazo máximo de tres meses para presentar ante el instituto un lote con destino a la realización del estudio de duración de inmunidad. Vencido el término sin que se hubiese presentado la información correspondiente, se procederá a la cancelación del registro.
La norma rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial (51.758 del 6 de agosto del 2021) y deroga la Resolución 2319 del 2008, así como aquellas disposiciones que le sean contrarias.
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