Fijan procedimiento del registro provisional para la declaración política exigida en el Estatuto de la Oposición (9:00 a.m.)
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14 de Septiembre de 2018
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El Consejo Nacional Electoral ordenará el registro provisional de la declaración que las organizaciones políticas con personería jurídica realicen, de acuerdo con el artículo 6° de la Ley 1909 del 2018. Las organizaciones políticas que a la fecha no han modificado sus estatutos en los términos exigidos por la ley tendrán un plazo no superior al 29 de marzo del 2019, para hacer las modificaciones pertinentes y definir el mecanismo o autoridades competentes para realizar la declaración política. Esta decisión se comunicará, a más tardar, el día siguiente de su expedición a través de la Subsecretaría de la corporación a todas las organizaciones políticas y, además, se difundirá en los medios de comunicación.
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