Fijan medidas fitosanitarias para prevenir diseminación de la enfermedad conocida como Moko del plátano y banano
29 de Marzo de 2021
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Nota:
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Los propietarios de cultivos de plátano y/o banano que se encuentren afectados por la enfermedad conocida como Moko, ocasionada por la bacteria Ralstonia solanacearum Filotipo II secuevares 3, 4 y 6, están en la obligación de aplicar las siguientes medidas: identificar la planta enferma y a partir de ella delimitar un cuadro de cinco metros por cada uno de los puntos cardinales quedando esta última en el centro del cuadro. En la eventualidad de que durante la inspección se encuentre otra planta enferma se debe ampliar la delimitación a otros 5 metros en cuadro quedando la planta enferma en el centro del mismo. Igualmente, se les solicita disponer un área de desinfección de calzado que sirva como única entrada y salida de la zona afectada e inyectar en forma de espiral la totalidad de plantas enfermas y sanas que se encuentren dentro de la zona roja, con una solución de glifosato al 20 % del producto comercial registrado en el ICA, con concentración de 480 g/l, aplicando 50 cc para plantas adultas y para las hijas de 30 cc a 50 cc de acuerdo a su edad, entre otras medidas. Por otra parte, con la Resolución 92771 del 2021, la entidad actualizó las plagas declaradas de control oficial y las medidas fitosanitarias en los cultivos de palma de aceite en el territorio nacional.
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