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Fijan alcances de restricciones a la modificación de la nómina estatal por las elecciones regionales (4:54 p.m.)

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18 de Julio de 2011

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Con motivo de las elecciones del próximo 30 de octubre, la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) precisó recientemente los alcances a las restricciones y prohibiciones para la vinculación de personal en las entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial, con base en lo previsto en la Ley de Garantías Electorales (Ley 996/05). Según esa ley, la nómina de la respectiva entidad no podrá modificarse dentro de los cuatro meses anteriores a las elecciones a cargos de elección popular, excepto para la provisión de cargos por faltas definitivas (por muerte o renuncia irrevocable) y por la aplicación de las normas de carrera administrativa. “En este sentido, durante el término de restricción señalado en la ley, la provisión de los cargos en aplicación de las normas de carrera administrativa constituye una excepción a la prohibición legal de suspender cualquier forma de vinculación a la nómina estatal; en el presente caso solo para el orden territorial y no nacional”, señala uno de los apartes de la Circular 6 del 2011.

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