13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 12 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Fallador en grado de consulta dentro del proceso de responsabilidad fiscal puede devolver el expediente (3:34 p.m.)

03 de Marzo de 2020

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Nota:
114760
En materia de doble instancia en el proceso de responsabilidad fiscal cuando le corresponde al superior efectuar la revisión en grado de consulta, teniendo en cuentas las amplias facultades con las que cuenta el fallador en esta etapa, puede devolver el expediente para que en primera instancia se practiquen nuevas pruebas, se falle con responsabilidad fiscal y se concedan los recursos que corresponden, indicó la Contraloría General de la República. Si en el expediente obra prueba que le permita al funcionario de segunda instancia tomar válidamente la decisión, este puede proferir la providencia de remplazo. En caso contrario lo devolverá a la primera instancia para que practique las pruebas pertinentes y conducentes. Cabe recordar que el grado de consulta procede (i) cuando se dicta auto de archivo, (ii) cuando el fallo sea sin responsabilidad fiscal y (iii) cuando el fallo sea con responsabilidad fiscal y el responsabilizado haya estado representado por un apoderado de oficio.

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