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Expensa pagada al curador por el trámite de una licencia urbanística es una tasa obligatoria (10:30 a.m.)

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14 de Enero de 2010

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La expensa que cobra el curador urbano para expedir una licencia urbanística es una tasa, cuyo cobro se genera por el ejercicio de la función pública de estudiar, tramitar y expedir la autorización, por lo tanto, el pago es obligatorio, independientemente de la decisión de expedir o negar la solicitud, o por la revocatoria que con posterioridad adopte la autoridad competente, recordó el Ministerio de Ambiente. Así las cosas, no es viable la devolución de los valores cancelados por dicho concepto, bajo el argumento que su liquidación corresponde a los gastos que demanda la prestación del servicio y a la remuneración del curador.

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