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19 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 11 horas | ISSN: 2805-6396

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Estos son los requisitos para acceder a gratuidad en la matrícula de educación superior

09 de Diciembre de 2021

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El Gobierno reglamentó los incisos 1 y 2 del artículo 27 de la Ley 2155 del 2021, en lo referente a la implementación de la Política de Estado de gratuidad en la matrícula, para mejorar el acceso a la educación superior en las instituciones públicas en el nivel de pregrado de los jóvenes de las familias más vulnerables socioeconómicamente, así como establecer sus requisitos, beneficios, fuentes de financiación y la competencia para expedir reglamentos operativos y específicos, entre otras disposiciones.

 

Además, el decreto establece estímulos y alivios para usuarios de los créditos educativos del Icetex. (Lea: Estos son los puntos más importantes de la reforma tributaria recién sancionada)

 

Así las cosas, a partir de enero del 2022, con las tasas, los usuarios de los créditos podrán ver un descuento de entre el 14 % y el 32 % en el valor de los intereses. En ningún caso la tasa superará el IPC + 7,5 puntos y cobijará a 130.286 usuarios con crédito vigente y a quienes adquieran uno nuevo.

 

Además, se darán beneficios a unos 80.000 usuarios con dificultades, jóvenes en condición de vulnerabilidad, afectados por desempleo, fuerza mayor certificada y sobresalientes como los mejores Saber Pro, destacados en deporte, cultura y ciencia, tecnología e innovación, que presenten excelente comportamiento de pago o rembolso anticipado.

 

Gratuidad en la matrícula

 

La política de gratuidad financiará anualmente un máximo de dos semestres académicos o tres cuatrimestres, o sus equivalentes de acuerdo con lo aprobado por el Ministerio de Educación en el registro calificado vigente, acorde con los calendarios académicos de las instituciones y en ningún caso cubrirá periodos intersemestrales.

 

Beneficiarios

 

  • Para el año 2022, serán los estudiantes de las universidades públicas, pertenecientes a las familias más vulnerables socioeconómicamente de los estratos 1, 2 y 3, de acuerdo con los reglamentos que para tal efecto fije el Ministerio de Educación y criterios técnicos de vulnerabilidad socioeconómica.

 

  • A partir del año 2023, de acuerdo con la clasificación del Sisbén IV según el grupo y subgrupo que para tal efecto establezca el ministerio en los reglamentos operativos diseñados para este fin o la herramienta de focalización que haga sus veces.

 

Para ser beneficiario de la Política de Estado de gratuidad en la matrícula se deberán cumplir los siguientes requisitos:

 

  1. Ser nacional colombiano.
  2. Estar matriculado en un programa académico de pregrado (técnico profesional, tecnológico o universitario), con registro calificado vigente impartido bajo cualquier modalidad (presencial, a distancia, virtual, dual u otros desarrollos que combinen e integren las anteriores modalidades), en alguna de las instituciones de educación superior públicas.
  3. Encontrarse registrado por la institución de educación superior pública en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior (SNIES).
  4. Pertenecer a las familias más vulnerables socioeconómicamente de acuerdo con los mecanismos de identificación señalados en el artículo 2.5.3.3.5.7 del nuevo decreto.
  5. No tener título profesional universitario ni de posgrado de cualquier Institución.
  6. Para estudiantes nuevos, encontrarse en el grupo de edad entre 14 y 28 años. Los estudiantes que tramiten su reingreso o reinicio del correspondiente programa académico podrán ser beneficiarios de la política siempre y cuando se encuentren en el rango de edad de 14 a 28 años cumplidos y en las condiciones de vulnerabilidad establecidas.

 

Los estudiantes que cumplan con los requisitos podrán ser beneficiarios del cubrimiento del 100 % del valor de la matrícula ordinaria neta de pregrado, liquidado por las universidades, sin incluir otros derechos académicos y cobros complementarios.

 

Los beneficiarios tendrán gratuidad en la matrícula por el número de periodos de duración del programa académico, de conformidad con lo registrado en el SNIES. Los estudiantes que a la fecha de entrada en vigencia de la norma ya se encuentren cursando programas académicos recibirán el beneficio, únicamente, durante el número de periodos que le resten para culminar el correspondiente programa.

 

La norma establece las causales de pérdida de la ayuda, por ejemplo, que hayan accedido a la política con información no veraz o con documentos falsos, suspender sus estudios por más de dos periodos académicos y perder la condición de vulnerabilidad socioeconómica, entre otras.

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