Estos son los lineamientos de la CNSC sobre procesos de selección de ascenso (11:15 a.m.)
10 de Febrero de 2020
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Nota:
115200
Con la Circular 20191000000157 del 2019, la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) impartió lineamientos para el cumplimiento del artículo 29 de la Ley 909 del 2004, modificado por el artículo 2° de la Ley 1960 del 2019 (reforma al régimen de carrera administrativa), respecto de la provisión definitiva de los empleos públicos de carrera administrativa mediante procesos de selección de ascenso. Así, indica qué se entiende por ascenso, lo referente al inicio del proceso de selección para esta movilidad laboral, la verificación del cumplimiento de los requisitos previstos en la ley, entre otros. Por ejemplo, explica que se convocará a concurso de ascenso por el 30 % de vacantes que cumplan con los requisitos exigidos o un porcentaje inferior cuando la entidad no cuente con el tope previsto en la normativa; por lo tanto, en ambos casos el porcentaje restante solo se proveerá mediante concurso abierto de ingreso, situación que deberá quedar expresa en los acuerdos de convocatoria.
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