12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 10 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Este es el permiso de permanencia para ciudadanos de la Unión Europea y las actividades autorizadas a realizar (11:55 a.m.)

11 de Febrero de 2016

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Nota:
105458
Mediante la Resolución 0175, Migración Colombia reglamentó, nuevamente, el permiso de ingreso y permanencia para extranjeros provenientes de la Unión Europea (Decreto 2235 del 2015), el cuál será PIP-5. Puntualmente, este documento es para los nacionales de los siguientes lugares: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, República Eslovaca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania, Suecia, Suiza, Noruega, Principado de Liechtenstein y República de Islandia. Los titulares del permiso estarán autorizados para recibir tratamiento médico; realizar actividades de descanso o esparcimiento en calidad de turista; asistir o participar, sin vinculación laboral, en eventos académicos, científicos, artísticos, culturales, deportivos; presentar entrevista en un proceso de selección de personal de entidades públicas o privadas; realizar capacitación empresarial, contactos o gestiones comerciales o empresariales y cubrimientos periodísticos; y las demás establecidas en el Acuerdo entre la Unión Europea y Colombia sobre exención de visados para estancias de corta duración. Por último, derogó la Resolución 1544 del 2015.

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