Establecen periodo de transición para cumplir requisitos de verificación de la competencia de pilotos (4:09 p.m.)
31 de Enero de 2020
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Nota:
115337
Mediante la Resolución 3044 del 2019, la Aerocivil incorporó a las normas RAC 2 y RAC 4 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia los cambios relativos a los requisitos para la verificación de la competencia de los pilotos, con el propósito de facilitar el cumplimiento del anexo 6 de OACI por parte de los explotadores de servicios aéreos. Ahora, con el propósito de facilitar a los destinatarios de dicha disposición la aplicación y cumplimiento de los cambios incorporados, es necesario incluir un periodo de transición, estableciendo plazos con ese fin. Por ejemplo, los pilotos chequeadores de ruta autorizados por la unidad según RAC 2 y RAC 4 podrán continuar realizando sus actividades hasta el 31 de agosto del 2020 o hasta la fecha de vigencia de su autorización, con antelación al 31 de agosto del 2020, según se determinó en la Resolución 0244 del 2020.
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