Establecen parámetros para señalar reservas de recursos naturales de manera temporal (10:40 a.m.)
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02 de Julio de 2013
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El Gobierno definió los parámetros para el establecimiento temporal de áreas de reserva de recursos naturales. Se trata de un principio de precaución encaminado a evitar futuros conflictos entre títulos mineros y áreas de protección ambiental. Para tal fin, el decreto faculta al Ministerio de Ambiente para señalar las áreas que se reservarán temporalmente, las cuales podrán culminar con la declaración definitiva de áreas excluibles de la actividad minera. Sobre estas, la Agencia Nacional de Minería (ANM) no podrá otorgar nuevos títulos. Por su parte, el Minambiente tendrá un mes para determinar las áreas que serán reservadas por un plazo máximo de un año, prorrogable por un año más. Aclara la norma que si se vence el término de la reserva temporal, sin que las autoridades ambientales hayan declarado o delimitado de manera definitiva las zonas, la ANM retirará el área de reserva temporal del catastro minero colombiano y podrá volver a otorgar títulos que sean solicitados en la zona.
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