Establecen obligaciones ambientales sobre disposición final de bombillas y computadores y sus partes a cargo de productores y ciudadanos (3:05 p.m.)
19 de Agosto de 2010
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Nota:
68065
Con el propósito de proteger el medio ambiente y la salud humana y prevenir impactos adversos ante el manejo inadecuado de residuos de bombillas, computadores personales y portátiles, sus partes e impresoras, el Gobierno les ordenó recientemente a los fabricantes de esos productos elaborar e implementar sistemas de recolección selectiva y de gestión ambiental de tales residuos, que deberán cumplir con las disposiciones previstas en las resoluciones 1511 y 1512 del pasado 6 de agosto. Esas normas también contemplan obligaciones sobre la materia a cargo de los proveedores o expendedores, las autoridades municipales y ambientales y los ciudadanos. Por ejemplo, estos últimos deberán entregar tales residuos en los puntos de recolección establecidos por los productores. Igualmente, quedó prohibido disponer tales productos en rellenos sanitarios, enterrarlos o abandonarlos en el espacio público. Su incumplimiento acarreará las sanciones previstas en la Ley 1333 del 2009 (infracciones ambientales).
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