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Es viable solicitar la reliquidación de obligaciones contenidas en facturas de servicios públicos

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26 de Mayo de 2020

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Es viable reclamar la reliquidación de una obligación contenida en una factura de servicios públicos y solicitar la devolución de lo pagado en exceso, siempre que el reclamo y los recursos procedentes se interpongan por parte del usuario en las oportunidades establecidas en la ley, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. De acuerdo con el inciso tercero del artículo 154 de la Ley 142 de 1994, la procedencia resulta siempre que las reclamaciones presentadas no se refieran a cuentas de cobro que hayan sido expedidas con más de cinco meses de diferencia al momento en que se presenta la solicitud y que, resueltos tales reclamos, se hayan presentado los recursos de reposición y apelación procedentes dentro del término de cinco días hábiles siguientes a aquel en que se tuvo conocimiento de la correspondiente decisión. 

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