Envío de publicidad con las facturas de servicios públicos está permitido (9:30 a.m)
03 de Agosto de 2017
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Nota:
56472
En la normativa no existe disposición alguna que prohíba la inclusión de publicidad de servicios distintos a los públicos domiciliarios en las facturas de estos últimos. Por lo tanto, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos, incluir volantes, desprendibles, cupones o similares a través de los cuales se ofrezcan bienes o servicios es permitido. No obstante, agregó, si bien las facturas de servicios públicos deben contener los requisitos definidos en los contratos de condiciones uniformes, deberán contener como mínimo información suficiente que permita al usuario determinar consumos y valores, así como el ajuste a la ley, por lo que la mencionada publicidad debe ir por separado.
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