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En vilo validez del decreto para restablecer orden público durante el paro nacional (4:41 p.m.)

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29 de Noviembre de 2019

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La Sección Primera del Consejo de Estado admitió demanda contra el Decreto 2087,  el cual estableció medidas para mantener el orden público en el marco del paro nacional convocado para el pasado 21 de noviembre, pero indicó que se trata del medio de control y nulidad y no de nulidad por inconstitucionalidad, como lo afirmaron los accionantes. Por otro lado, negó la medida cautelar de suspensión provisional por carencia actual de objeto, teniendo en cuenta que el decreto estableció un cierre fronterizo los días 20 a 22 de noviembre y la demanda se estudió cuando los hechos ya habían sucedido. Los principales argumentos de los demandantes se basaron en que el decreto (i) adoptó medidas excepcionales sin que se dieran los requisitos para ello, (ii) de manera anticipada consideró que la convocatoria al paro nacional era un hecho perturbador y (iii) cercenó la posibilidad de ejercer el derecho a la protesta social (C.P. Oswaldo Giraldo).

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