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Actualizado hace 22 horas | ISSN: 2805-6396

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En forma octagonal es el nuevo etiquetado que propone el Minsalud para comida procesada

02 de Agosto de 2022

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En forma octagonal es el nuevo etiquetado que propone el Minsalud para comida procesada

Dando cumplimiento al artículo 5 de la Ley 2120/21, Ley de Comida Chatarra, respecto al etiquetado frontal de advertencia en los alimentos empacados y bebidas envasadas, el Ministerio de Salud publicó para comentarios de la ciudadanía el proyecto de resolución que busca modificar la Resolución 810/21.

 

Según indicó la cartera, el etiquetado se estableció teniendo en cuenta el estudio elaborado por la Universidad de Antioquia, que se encargó de realizar una evaluación con la mayor evidencia científica disponible para establecer formas, color, tamaño, leyendas y ubicación del etiquetado frontal de advertencia para productos procesados en Colombia.

 

Teniendo en cuentas dichos resultados y las recomendaciones de la universidad, los etiquetados quedarían así:

 

“La forma de destacar las características nutricionales será incluyendo sellos en la etiqueta, los cuales consistirán en un símbolo octagonal de fondo color negro y borde blanco, y en su interior el texto “EXCESO EN”, seguido de: “GRASAS SATURADAS”, “GRASAS TRANS”, “SAL/SODIO”, “AZÚCARES” y/o “EDULCORANTES” de manera individual o con 2 o 3 o 4 o 5 sellos (según corresponda). Las letras del texto de los sellos deberán ser mayúsculas y de color blanco, tipo de letra ARIAL BOLD. Además, en el mismo símbolo, deberá inscribirse en letras negras, la palabra Minsalud”.

Etiqueta

De acuerdo con el ministro de Salud, Fernando Ruiz, tras su paso por consulta nacional la norma deberá tener un concepto tanto del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, como uno de abogacía de la competencia por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio, y será sometida a consulta internacional por un periodo de 60 días, por lo que “se espera que para el mes de diciembre se esté expidiendo el acto definitivo de la modificación de la Resolución 810″.

 

La disposición aclaró que la medida comenzará a regir a los seis meses siguientes de su publicación en el Diario Oficial, por lo que los productos que ya se comercializan con el sello circular podrán hacer uso de las etiquetas hasta que se agoten o se cumpla este plazo, si pasado este tiempo aún tienen etiquetas con las disposiciones iniciales, podrán autorizar el agotamiento ante el Invima.

 

 

 

 

Conozca a detalle todos los ajustes que planea el proyecto en el documento adjunto a esta nota y quienes deseen compartir sus comentarios lo podrán hacer hasta el martes 16 de agosto del 2022, en los correos electrónicos ecadena@minsalud.gov.co o pvallejo@minsalud.gov.co.

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