En estos principios se debe basar la sanción de trabajo comunitario por infracción a normas ambientales (3:23 p.m.)
17 de Octubre de 2019
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Nota:
113322
Aunque no existe un procedimiento para imponer la sanción consistente en trabajo comunitario por infringir las disposiciones previstas en la normativa ambiental, la autoridad correspondiente que considere que hay lugar a ella, bien sea porque la acción u omisión que dio origen al procedimiento no fue tan grave para el medio ambiente, el infractor no cuenta con la capacidad económica para pagar una multa o considera pertinente imponer una sanción complementaria, debe basar su decisión en los principios de razonabilidad, proporcionalidad y tipificación indirecta que rigen la declaratoria de responsabilidad, hasta que el Gobierno expida los lineamientos del caso. En este evento, indicó el Ministerio de Ambiente, al infractor se le debe vincular temporalmente en alguno de los programas, proyectos y/o actividades que estén en curso directamente o en convenio.
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