Todos los electores pueden votar por integrantes de la circunscripción especial indígena (12:46 p.m.)
24 de Julio de 2019
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Nota:
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La Sección Quinta del Consejo de Estado explicó que la circunscripción especial indígena fue creada por el constituyente de 1991 como una expresión de inclusión etnocultural de estas comunidades al escenario político del país. De ahí que las dos curules asignadas al Senado y una a la Cámara de Representantes están reservadas para que los candidatos de este tipo de colectividades preserven y hagan valer los intereses que más se ajustan a su cosmovisión. Por ello, quienes aspiran deben ser indígenas. Con todo, precisa la Sala, ello no impide que cualquier ciudadano que no haga parte de la comunidad indígena, en ejercicio de su derecho al sufragio y representación ante estas corporaciones públicas, pueda votar por un candidato de esta circunscripción especial. “Ello teniendo en cuenta, además, que constitucionalmente las circunscripciones especiales se entienden de carácter nacional, salvo la internacional, lo que implica que todos los electores puedan participar en la escogencia de los integrantes de la circunscripción”, finaliza el fallo (C. P. Carlos Enrique Moreno).
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