Personero debe renunciar 12 meses antes de la fecha de elección como alcalde (12:04 p.m.)
27 de Junio de 2018
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Nota:
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No podrán ser inscritos como candidatos ni elegidos alcaldes municipales quienes hayan desempeñado el cargo de personero en el respectivo municipio dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de la elección. Por lo tanto, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública, para inscribirse como candidato a la alcaldía el personero debe renunciar a su cargo 12 meses antes de la fecha de elección. No obstante, acabe anotar que la entidad señala expresamente que “el personero debe renunciar a su cargo dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de elección” La entidad recordó lo que al respecto ha dicho el Consejo de Estado en varias providencias en cuanto a la fecha de inscripción de candidatura y la fecha de elección de alcalde para configurar la inhabilidad prevista en el numeral 5 del artículo 95 de la Ley 136 de 1994.
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