Los tres elementos que configuran la inhabilidad por haber intervenido en la gestión de negocios ante entidades (8:30 a.m.)
03 de Abril de 2019
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Nota:
112595
Una de las inhabilidades que consagra la Constitución Política para ser congresista consiste en haber intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas. La Sección Quinta del Consejo de Estado concluyó que esta causal se configura cuando se materializan los siguientes elementos: (i) elemento material, participar en trámites negociales ante autoridades públicas en interés propio o de terceros; (ii) elemento temporal, que dicha conducta prohibida se realice dentro de los seis meses anteriores a la elección y, finalmente, el (iii) elemento espacial, que la situación haya acaecido en la circunscripción en la cual debe efectuarse la elección del parlamentario (C. P. Alberto Yepes).
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