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Consulte si fue designado jurado de votación para la consulta contra la corrupción

02 de Agosto de 2018

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CONSULTE SI ES JURADO DE VOTACIÓN

 

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La Registraduría Nacional inició los sorteos de jurados de votación que atenderán la consulta popular anticorrupción el próximo 26 de agosto. En las capitales de departamento los sorteos se realizaron el pasado martes 31 de julio y en los demás municipios del territorio nacional se realizarán entre el 2 y 9 de agosto. (Lea: Estas son las preguntas de la consulta contra la corrupción del próximo 26 de agosto)

 

En todo el país los sorteos se realizan con el acompañamiento de funcionarios del Ministerio Público y los comités promotores del SI, el NO y la abstención.

 

El primer sorteo en Bogotá se realizó el lunes 30 de julio, para elegir 100.223 jurados. Las capacitaciones en el Distrito Capital iniciarán el 3 de agosto y se extenderán hasta el 23 del mismo mes. (Lea: ¿Qué tan efectiva será la consulta contra la corrupción?)

 

Para efectuar los sorteos de jurados de votación la Registraduría solicitó a entidades públicas, universidades, instituciones educativas y empresas del sector privado las listas de sus funcionarios y empleados para conformar las bases de datos de las cuales se hará la escogencia.

 

¿Cómo consultar si fue designado jurado?

 

Los ciudadanos podrán consultar en la página web de la Registraduría si resultaron designados. También podrán verificar en el aplicativo móvil “Infovotantes”. Una vez consulten, el sistema arrojará dónde debe prestar el servicio como jurado, así como la fecha y lugar de capacitación.

 

Igualmente, la Registraduría efectuará la notificación respectiva, donde adicionalmente se podrá saber qué día se realizará la capacitación.

 

Recomendaciones clave

 

Cabe recordar las recomendaciones hechas en oportunidades anteriores por la Registraduría y la Procuraduría a los ciudadanos designados como jurados de votación sobre el cumplimiento de sus funciones.

 

Se les recomienda acudir y participar de las jornadas de capacitación previstas por la autoridad electoral con el fin de prevenir una indebida prestación del servicio durante los comicios.

 

El cargo es de forzosa aceptación y los ciudadanos que sean designados deben concurrir obligatoriamente a prestar el servicio, pues la inasistencia injustificada a la mesa el día de la votación será sancionada con hasta 10 salarios mínimos legales vigentes. Si la persona es funcionaria será destituida de su cargo y podrá recibir una inhabilidad de hasta 10 años para ejercer cargos públicos, según el artículo 5º de la Ley 163 de 1994.

 

Las personas designadas como jurados de votación deberán tener en cuenta las excepciones para desempeñar el cargo.

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