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Conozca las razones que motivaron la anulación del acto de elección del Contralor de Valledupar (12:37 p.m.)

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16 de Octubre de 2018

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La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad del acto a través del cual el Concejo de Valledupar (Cesar) eligió a Omar Javier Contreras Socarrás como Contralor de tal entidad territorial, para el periodo 2016-2019, decisión que conduce a que esa corporación deba elegir a un nuevo contralor de la lista de elegibles conformada para el efecto. Justamente, el alto tribunal encontró que el régimen de inhabilidades previsto en el inciso 8º del artículo 272 de la Carta Política había sido vulnerando, teniendo en cuenta que allí se dispone la prohibición de elegir en ese cargo a quien haya ocupado un cargo público en el nivel ejecutivo del orden departamental, distrital o municipal. En relación con el nivel ejecutivo que señala la norma, el pronunciamiento aclara que la finalidad de esa inclusión es limitar la inhabilidad, de tal forma que no se ocasione una significativa restricción del derecho de acceso a los cargos públicos, sino solo en aquellos cargos de mayor nivel dentro de la jerarquía administrativa (C. P. Rocío Araújo).

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