Conozca esta precisión si busca suspender un acto de elección (10:55 a.m.)
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09 de Noviembre de 2018
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La Sección Quinta del Consejo de Estado indicó recientemente que para suspender provisionalmente un acto electoral el operador judicial puede analizar la trasgresión, bien sea con la confrontación entre el acto y las normas superiores invocadas o con el estudio de las pruebas allegadas con la solicitud, sin que ello implique prejuzgamiento. Así mismo, la Sala enfatizó que para el juez de lo contencioso administrativo debe ser clara la irregularidad que se invoca, lo cual, vale la pena informar, no ocurrió en el caso concreto objeto de estudio (C. P. Lucy Jeannette Bermúdez).
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