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Anulan designación de Ángela María Robledo como representante a la Cámara (3:54 p.m.)?

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25 de Abril de 2019

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La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la Resolución 1595 del 2018 expedida por el Consejo Nacional Electoral (CNE), allí se declaró que Ángela María Robledo tenía el derecho personal a ocupar una curul en la Cámara de Representantes (periodo constitucional 2018-2022), por doble militancia. Según el fallo, Robledo incumplió el artículo 107 de la Constitución Política de 1991, que establece textualmente en uno de sus apartes: “quien siendo miembro de una corporación pública decida presentarse a la siguiente elección por un partido distinto deberá renunciar a la curul al menos 12 meses antes del primer día de inscripciones”. Encuentre los demás argumentos que se tuvieron en cuenta en esta decisión en la sentencia adjunta a esta nota (C. P. Carlos Moreno Rubio).

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