El FAIA puede reconocer parte del valor de los insumos agropecuarios relevantes de pequeños y medianos productores
04 de Abril de 2022
Por medio de la Resolución 101, del 22 de marzo, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural reglamentó parcialmente el artículo 19 de la Ley 2183 del 2022, por la cual se crea el Sistema Nacional de Insumos Agropecuarios y se fortalece el financiamiento a pequeños productores, en relación con las operaciones autorizadas al Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios (FAIA).
Dentro de las operaciones autorizadas al FAIA que dispone el mencionado artículo 19 están (i) financiar apoyos a la producción, transporte, almacenamiento y demás actividades necesarias para el uso eficiente, competitivo, racional y sostenible de los insumos agropecuarios; (ii) adelantar compras centralizadas de insumos agropecuarios, y (iii) otorgar garantías en las operaciones de importación que adelanten los agentes del mercado que adquieren insumos agropecuarios. (Lea: Se creó el Sistema Nacional de Insumos Agropecuarios y se fortalece el financiamiento a pequeños productores).
Para desarrollar la operación de financiación de apoyos a la producción, transporte, almacenamiento y demás actividades necesarias para el uso eficiente, competitivo, racional y sostenible de los insumos agropecuarios, el FAIA podrá realizar, entre otras, las siguientes actividades:
(i) Se reconocerá como apoyo una parte del valor de la compra de los insumos agropecuarios relevantes en las actividades agropecuarias a los pequeños y medianos productores agropecuarios.
(ii) Otorgar un porcentaje del costo del transporte de insumos a los pequeños y medianos productores, desde el lugar de compra hasta las cabeceras municipales donde se ubican las unidades de producción agropecuaria.
(iii) Otorgar un apoyo a pequeños y medianos productores para la adquisición de insumos agropecuarios, el cual será entregado a través de una entidad bancaria, otros operadores legalmente habilitados o por medio de instrumentos estructurados y negociados dentro de las bolsas de bienes y productos agropecuarios y agroindustriales.
(iv) Adquirir y distribuir insumos agropecuarios a pequeños y medianos productores que estén en situaciones de desastre, emergencias climáticas, problemas sanitarios y/o fitosanitarios.
En lo que se refiere a la operación de compras centralizadas de insumos agropecuarios, el FAIA podrá coordinar la realización de compras de insumos agropecuarios a través de mecanismos de agregación de demanda, agregación de oferta y reducción de la intermediación. Así mismo, podrá apoyar la comercialización de insumos agropecuarios por volumen, mediante la disposición de un módulo de SIRIIAGRO que integre a los diferentes actores en todas las etapas de comercialización de insumos, es decir, compras, distribución, pagos, aseguramiento y financiación.
Opina, Comenta