11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 54 minutes | ISSN: 2805-6396

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Reglamentan política de gratuidad para ingresar a las Fuerzas Militares y a la Policía Nacional

10 de Noviembre de 2023

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El presidente Gustavo Petro firmó el Decreto 1907 del 2023, que reglamenta la política de Estado de gratuidad en la matrícula académica, para el acceso a la educación superior, en las escuelas de formación de las Fuerzas Militares de Colombia y la Policía Nacional. Según la normativa, esta medida favorece a los jóvenes de las familias más vulnerables socioeconómicamente de acuerdo con la clasificación del Sisbén IV o la herramienta de focalización que haga sus veces. 

El documento expresa que esta política se financiará con los recursos del Presupuesto General de la Nación asignados a cada una de las Fuerzas Militares y Policía Nacional. Sin embargo, podrán ser tenidas en cuenta otras fuentes de financiación o programas del Gobierno nacional, entidades territoriales o a través de programas de cooperación internacional, sin que se sustituya la fuente principal. (Lea: Así sería la reglamentación de la política de gratuidad para las universidades públicas). 

La política de gratuidad financiará la matrícula académica por el número de periodos de duración de los programas académicos de formación inicial técnica profesional, tecnológica y profesional universitaria en las instituciones de educación superior de la fuerza pública, de conformidad con lo registrado en el sistema nacional de información de la educación superior (SNIES). 

Cabe aclarar que los valores de los créditos académicos no incluidos en el programa regular no serán cubiertos por el programa y serán pagados por el estudiante. 

Los requisitos para ser beneficiario de esta política son los siguientes: 

i) Ser colombiano.  

ii) Ser matriculado en un programa académico de pregrado (técnico, tecnológico o universitario) de las escuelas de formación de las Fuerzas Militares y de  la Policía Nacional. 

iii) Pertenecer a las familias más vulnerables socioeconómicamente con clasificación del Sisbén IV o la herramienta de focalización que haga sus veces. 

iv) No tener título profesional universitario, ni de posgrado de cualquier institución.  

v) Cumplir con los demás requisitos de ingreso inherentes a la carrera militar y policial. 

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