Estudiantes de consultorio jurídico no pueden actuar en procesos de seguridad social en salud (3:41 p.m.)
08 de Noviembre de 2018
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Nota:
108781
Los estudiantes de consultorio jurídico no pueden actuar en procesos de seguridad social en salud, ya que el artículo 1 de la Ley 583 del 2000, por la cual se modificaron los artículos 30 y 39 del Decreto 196 de 1971, no los incluye de manera reglada y taxativa dentro de los asuntos judiciales sobre los cuales estos pueden intervenir en causa ajena, los cuales se circunscriben a procesos penales, civiles, laborales, de alimentos, disciplinarios, de responsabilidad fiscal y administrativos. Así lo precisó el Ministerio de Salud, en reciente concepto.
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