Este es el régimen de cesantías aplicable a los docentes oficiales (10:40 a.m.)
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17 de Enero de 2019
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La Sección Segunda del Consejo de Estado explicó que los docentes nacionalizados vinculados antes del 31 de diciembre de 1989 mantienen el régimen prestacional previsto en la normativa vigente de la entidad territorial respectiva, es decir, el sistema de retroactividad. Sin embargo, los docentes nacionales y los vinculados a partir del 1° de enero de 1990 tienen derecho a lo que corresponde a los nacionales o territoriales, es decir, las prerrogativas vigentes para empleados públicos del orden nacional: el sistema anualizado de cesantías sin retroactividad y sujeto al reconocimiento de intereses (C. P. César Palomino Cortés).
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