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Esos docentes no se rigen por las normas prestacionales aplicables a los servidores públicos (2:43 p.m.)

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12 de Junio de 2019

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Un fallo reciente de la Sección Segunda del Consejo de Estado reitera que los docentes que ingresaron con posterioridad al 1° de enero de 1990, por el solo hecho de ser designados por el alcalde o gobernador y ostentar la calidad de cofinanciados, no adquieren el carácter de territoriales regidos por normas prestacionales aplicables a los servidores públicos que ostentan dicha calidad. Encuentre en el documento adjunto a esta nota la aplicación de esta tesis en la resolución del caso concreto (C. P. Sandra Ibarra).

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