Cambios en la denominación de títulos universitarios requieren verificación del Ministerio de Educación (10:43 a.m.)
04 de Octubre de 2018
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Nota:
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Aunque las instituciones de educación superior están facultadas para efectuar cambios razonables dentro de sus expectativas académicas, las modificaciones relacionadas con la denominación de los programas requieren ser verificadas por el Ministerio de Educación, en ejercicio de sus funciones de inspección y vigilancia, teniendo en cuenta que pueden afectar las condiciones de calidad en que fue aprobado el registro calificado o desvirtuar los derechos consolidados de los estudiantes que se acogieron de buena fe a las opciones establecidas por la institución, indicó la cartera. En este evento, la universidad debe tener en cuenta el plan de estudios, entendido como el esquema estructurado de áreas obligatorias y fundamentales y de áreas optativas, con sus respectivas asignaturas, adelantado por los estudiantes al momento de obtener el título, para determinar la procedencia o no de la modificación de denominación y titulación.
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