Dos meses para resolver reclamaciones sobre estratificación urbana o rural aplican tanto para alcaldías como para comités permanentes (11:33 a.m.)
12 de Julio de 2010
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Nota:
67417
Los dos meses para resolver reclamaciones sobre estratificación urbana o rural se aplican tanto para las alcaldías municipales como para los comités permanentes de estratificación, en segunda instancia, y en ambos casos opera el silencio administrativo, que se hará valer según el procedimiento previsto en el Código Contencioso Administrativo, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos. Una vez resueltos los recursos de reposición y apelación queda agotada la vía gubernativa y, si el interesado no está satisfecho con la decisión, puede acudir ante la jurisdicción de lo contencioso, a través de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho.
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