Distribuidoras de gas natural no pueden negar registro a firmas instaladoras que cumplan condiciones técnicas (3:49 p.m.)
23 de Enero de 2020
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Nota:
114071
Las empresas distribuidoras de gas natural deben llevar un registro de las firmas instaladoras de redes internas de gas que operen en su sector de distribución, por lo que tienen que considerar las condiciones técnicas consagradas expresamente en la regulación de las autoridades competentes, sin que puedan negar el registro a los instaladores que reúnan dichas condiciones o limitar su acceso al mercado conexo de instalación de redes internas o revisar o aprobar la idoneidad o pertinencia de sus trabajos, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos. El diseño, instalación y mantenimiento de redes internas de gas natural es responsabilidad de quienes cumplan las condiciones previstas en el reglamento técnico previsto en la Resolución 90902 del 2013.
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