Dian levantan parcialmente suspensión de términos de almacenamiento de mercancías
26 de Agosto de 2021
A la fecha, y teniendo en cuenta la necesidad de normalizar la salida las mercancías almacenadas y descongestionar los depósitos y los puertos, la Dian requiere ir levantando la suspensión del término de almacenamiento consagrado en la normativa aduanera para algunas mercancías, a fin de optimizar el proceso de nacionalización de manera eficiente y evitar abandonos de forma masiva respecto de las mercancías que han estado en custodia durante el término de la emergencia sanitaria, en los depósitos públicos o privados, puertos con depósitos y demás instalaciones en las cuales haya almacenamiento.
Entonces, mediante la Resolución 0079 del 2021, la Dian levanta parcialmente la suspensión del término de almacenamiento de que trata el literal a) del artículo 2 de la Resolución 055 del 2020, modificado por el artículo 1 de Resolución 62 del 2020, respecto de las mercancías que ingresaron al país entre el 1º de marzo del 2021 y la fecha de entrada en vigencia de la esta resolución, y a partir de esta.
Opina, Comenta