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Recuerdan requisitos para que a miembros de las fuerzas militares se les reconozca el tiempo doble de servicio (9:54 a.m.)

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20 de Abril de 2018

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La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que el reconocimiento del tiempo doble de servicio exige acreditar, necesariamente, la declaratoria de Estado de sitio por turbación del orden público, hasta el decreto que levante la medida; el concepto previo del consejo de ministros y la existencia de un decreto proferido por el Gobierno, en el que se reconozca expresamente a determinados agentes y suboficiales, entre otros, como beneficiarios de la medida. Sin el cumplimiento de estos requisitos, advirtió, no resulta posible alcanzar el beneficio consagrado a favor del personal de las fuerzas militares que prestó sus servicios en determinadas zonas que, a juicio del Gobierno y de acuerdo con determinas condiciones, ameritaban su reconocimiento, atendiendo a factores de necesidad y conveniencia, en el marco de la declaración del estado de sitio (C. P. Sandra Lisset Ibarra).

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