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Prestar el servicio militar obligatorio no implica adquirir calidad de servidor público (1:39 p.m.)

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10 de Agosto de 2018

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Los colombianos que prestan el servicio militar obligatorio, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 1861 del 2017, no tienen la calidad de servidores públicos, precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública. En efecto, la norma dispone que el servicio militar obligatorio es un deber constitucional de servir a la patria dirigido a todos los colombianos, que nace al momento de cumplir la mayoría de edad y en virtud del cual están obligados a tomar las armas cuando las necesidades públicas los ameriten. De acuerdo con lo que ha señalado el Consejo de Estado, quienes prestan el servicio militar obligatorio no tienen ningún vínculo laboral, pues la prestación obedece a una imposición especial del Estado, cuyas prestaciones solo recompensan la labor asumida.

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