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Ningún vehículo podrá llevar un número de pasajeros superior al señalado en la licencia de tránsito (4:35 p.m.)

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16 de Febrero de 2018

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En reciente concepto, el Ministerio de Transporte precisó que ningún vehículo podrá llevar un número de pasajeros superior a la capacidad señalada en la licencia de tránsito. Así mismo, indicó que ningún vehículo podrá llevar pasajeros en su parte exterior o fuera de la cabina, salvo aquellos que por su naturaleza así lo requieran, como es el caso de los vehículos de atención de incendios y recolección de basuras. No se permite la movilización de pasajeros en los estribos de los vehículos. Para el caso bajo análisis se entiende que los vehículos oficiales pertenecientes a las fuerzas militares y/o Policía Nacional están sujetos a la discrecionalidad de ser utilizados según las necesidades que se requieran en el servicio, bajo la normativa especial que regula el cuerpo castrense.   

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