Debe garantizarse la atención integral en salud a miembros retirados de la fuerza pública con lesiones a causa del servicio, sin que medie una acción de tutela (4:14 p.m.)
11 de Octubre de 2011
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Nota:
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Los ciudadanos que prestan el servicio militar deben ser regresados a sus hogares en iguales o mejores condiciones que cuando se incorporaron a las instituciones castrenses. Por ello no es admisible que por cuestiones eminentemente formales, como la no pertenencia del ciudadano al subsistema de seguridad social en salud de las Fuerzas Militares, o bajo la aducción de situaciones administrativas consolidadas, deje de brindársele la atención médica integral derivada de lesiones, afecciones y secuelas generadas en actos del servicio. Así lo reiteró el Consejo Superior de la Judicatura a un miembro retirado de la fuerza pública que requería atención médica integral, por problemas de salud mental. En el fallo, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria le hizo un llamado de atención a la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional para que preste atención integral a los militares retirados que sufrieron problemas de salud como consecuencia de su servicio, sin que estos tengan que acudir a la acción de tutela para recibir tratamientos médicos (M. P. Julia Emma Garzón).
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