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Actualizado hace 51 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Decretos reglamentarios únicosRegulan tasa compensatoria por caza de fauna silvestre nativa (4:15 p.m.)

03 de Agosto de 2016

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Nota:
124338
Con la expedición del Decreto 1272, el Ministerio de Ambiente acaba de reglamentar la tasa compensatoria por la caza de la fauna silvestre nativa. La tarifa de la tasa para cada especie, expresada en pesos, está compuesta por el producto de la tarifa mínima base (TM) y el factor regional (FR). Teniendo en cuenta los costos de recuperación del recurso fauna silvestre como base para el cálculo de su depreciación, el ministerio expedirá la resolución mediante la cual fijará la tarifa mínima base de la tasa compensatoria, la cual se ajustará anualmente. El monto a pagar por cada usuario dependerá de la tarifa de la tasa compensatoria para cada especie objeto de cobro, el número de especímenes y/o muestras y el costo de implementación, en aplicación de las pautas y reglas definidas en el artículo 42 de la Ley 99 de 1993. Por último, define la forma de cobro y recaudo. La norma precisa que la fauna silvestre nativa comprende aquellas especies, subespecies taxonómicas, razas o variedades de animales silvestres cuya área natural de dispersión geográfica se extiende al territorio nacional o aguas jurisdiccionales, o forma parte de los mismos, incluidas las especies o subespecies que migran temporalmente a ellos, y que no se encuentran en el país como producto voluntario o involuntario de la actividad humana.

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