Decretos reglamentarios únicosRecientes modificaciones a solicitud de inclusión en el registro de tierras despojadas (3:19 p.m.)
12 de Julio de 2018
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Nota:
108073
Las personas que pretendan ser incluidas en el Registro de tierras despojadas y abandonadas forzosamente contarán con tres meses para presentar su solicitud en las zonas en las que ya se encuentre la microfocalización en curso por parte de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras, o a partir de la publicación del acto donde aún no se ha iniciado esta labor. Ante situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, el tiempo se contará desde el momento en que hayan cesado los hechos que impidieron la presentación de la solicitud. No obstante, la unidad podrá prorrogar, hasta por dos periodos, de hasta tres meses cada uno, el tiempo para presentar las solicitudes, cuando las circunstancias fácticas excepcionales del territorio impidan a los reclamantes hacerlo oportunamente.
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