Declaran constitucional, con condicionamientos, regulación estatutaria al derecho de petición (8:43 a.m.)
05 de Diciembre de 2014
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Nota:
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A sanción presidencial pasará el proyecto de ley estatutaria que regula el ejercicio del derecho de petición, luego de que la Corte Constitucional declarara exequible esa disposición (P. L. 031/12S-065/12S-227/12C). El Congreso tramitó una nueva norma luego de que el alto tribunal declarara inexequibles los artículos 13 al 33 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA, Ley 1437 del 2011), a través de la Sentencia C-818 del 2011. Esa providencia tuvo efectos modulatorios, a fin de que el Legislativo contara con un plazo razonable para tramitar el nuevo proyecto, hasta el 31 de diciembre del 2012. Entonces, el Ejecutivo presentó el mismo articulado contenido en el CPACA. En la sentencia del 2011, la alta corporación manifestó que el legislador ordinario se abrogó competencias exclusivas del estatutario. Ayer, la Sala estudió el fondo del articulado y condicionó algunos de sus apartes. La Procuraduría, por su parte, había solicitado declarar inexequible la expresión del artículo 20 que permitía que la contestación a derechos de petición formulados por periodistas se adelantara de manera preferente. En horas de la tarde, el presidente de tribunal constitucional, Luis Ernesto Vargas, ofrecerá una rueda de prensa en la cual explicará los detalles de la determinación.
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