14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

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De cara a las próximas elecciones, establecen el número de curules del Senado, incluidas las cinco para exintengrantes de las Farc (11:12 a.m.)

22 de Diciembre de 2017

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Nota:
59008
Por la circunscripción ordinaria nacional, para los periodos constitucionales 2018-2022 y 2022-2024, se establecen hasta cinco curules adicionales para el Senado de la República asignadas al partido o movimiento político que surja del tránsito de las extintas Farc a la vida política legal con personería jurídica, de las listas únicas de candidatos propios o en coalición, de conformidad con lo previsto en el artículo transitorio 2º de la Constitución Política, adicionado por el artículo 1º del Acto Legislativo 3 del 2017. Por la circunscripción nacional especial por las comunidades indígenas se elegirán dos senadores. El candidato que le siga en votos a quien sea elegido Presidente de la República tendrá derecho personal a ocupar una curul en la célula legislativa, durante el periodo de la correspondiente corporación. Así, para los siguientes periodos constitucionales, el Senado tendrá 103 curules como mínimo y hasta 108, en su máximo.

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