Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


De cara a las próximas elecciones, establecen el número de curules del Senado, incluidas las cinco para exintengrantes de las Farc (11:12 a.m.)

59008

22 de Diciembre de 2017

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Por la circunscripción ordinaria nacional, para los periodos constitucionales 2018-2022 y 2022-2024, se establecen hasta cinco curules adicionales para el Senado de la República asignadas al partido o movimiento político que surja del tránsito de las extintas Farc a la vida política legal con personería jurídica, de las listas únicas de candidatos propios o en coalición, de conformidad con lo previsto en el artículo transitorio 2º de la Constitución Política, adicionado por el artículo 1º del Acto Legislativo 3 del 2017. Por la circunscripción nacional especial por las comunidades indígenas se elegirán dos senadores. El candidato que le siga en votos a quien sea elegido Presidente de la República tendrá derecho personal a ocupar una curul en la célula legislativa, durante el periodo de la correspondiente corporación. Así, para los siguientes periodos constitucionales, el Senado tendrá 103 curules como mínimo y hasta 108, en su máximo.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)