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Daño atribuido al Estado y causado por uno de sus agentes debe tener algún nexo con el servicio (11:07 a.m.)

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17 de Junio de 2014

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Atribuir el daño causado por un agente al servicio del Estado significa que este debe responder por su reparación. Sin embargo, dicha atribución solo es posible cuando el daño tiene vínculo o existe algún nexo con el servicio, recordó el Consejo de Estado. En el caso bajo análisis, si bien se comprobó que quien estuvo involucrado en un accidente de tránsito en el que perdió la vida era teniente de la Policía Nacional y que el vehículo que conducía estaba destinado provisionalmente a la entidad, al momento del siniestro no estaba cumpliendo ninguna actividad propia del servicio. En este caso, la corporación calificó la falta de señalización de un derrumbe en la carretera como el factor determinante y exclusivo del suceso, por lo que señaló al Invías como el único responsable (Ramiro Pazos Guerrero).

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